1.1 Misión, visión, funciones y deberes

Misión

Somos una institución educativa de carácter oficial que brinda formación integral en los niveles de preescolar, básica y media a nuestros beneficiarios, garantizándoles un buen nivel en los resultados de las pruebas internas y externas, procesos metodológicos y pedagógicos apropiados, docentes idóneos, cumplimiento de la cobertura, adecuada planta física y la mejora del clima institucional.

Visión

Ser la institución educativa oficial reconocida entre las mejores a nivel regional, por la calidad de la prestación de sus servicios educativos, el desarrollo óptimo de niveles de competencias académicas, socioafectivas y de cultura ciudadana, contribuyendo al mejoramiento de la calidad de vida de los educandos.

Filosofía institucional

El prudencista es un ser valioso y auténtico en su actuar, concebido desde su perspectiva como ser humano racional, capaz de construir saberes y edificar su personalidad y proyecto de vida por medio de su desarrollo y crecimiento integral.

Sobre los principios de autonomía, libertad y democracia, la institución desarrolla su quehacer escolar con énfasis en la ejecución del currículo y en la formación de hábitos que favorezcan la salud física y mental, el uso racional del tiempo y el conocimiento teórico-práctico en lo científico, lo tecnológico y lo cultural, teniendo como centro de su labor al estudiante.

Objetivos institucionales

Fomentar el desarrollo de actividades y hábitos permanentes de superación que motiven al estudiante a continuar su educación a lo largo de la vida.

Desarrollar la capacidad crítica y analítica del espíritu investigador mediante la adquisición de los principios y métodos de cada área del conocimiento, para que los estudiantes participen en la solución de problemas.

Educar integralmente al estudiante para que desarrolle su personalidad como miembro activo de la sociedad.

Cultivar en los estudiantes los valores cívicos y sociales.

Desarrollar el hábito de la investigación que le permita enfrentar los retos de los avances científicos.

Posicionar a la institución entre las mejores del departamento en pruebas externas.

Funciones y deberes

Como establecimiento educativo oficial, la Institución Educativa Prudencia Daza presta el servicio público de la educación en los niveles de preescolar, básica primaria, básica secundaria y media académica, conforme a la Constitución Política, la Ley 115 de 1994, la Ley 715 de 2001 y el Decreto 1075 de 2015. En ejercicio de esa función le corresponde:

Prestar el servicio educativo en el marco del Proyecto Educativo Institucional.

Administrar el Fondo de Servicios Educativos conforme a la normativa vigente.

Conformar y hacer funcionar el Gobierno Escolar: Consejo Directivo, Consejo Académico, Personero, Contralor Estudiantil, Consejo de Estudiantes y Consejo de Padres.

Adoptar y aplicar el manual de convivencia y el sistema institucional de evaluación de los estudiantes.

Reportar la información que exijan el Ministerio de Educación Nacional y la Secretaría de Educación Municipal de Valledupar.

Garantizar el derecho de acceso a la información pública conforme a la Ley 1712 de 2014.

Norma de creación

La institución fue creada mediante la Ordenanza No. 063 del 26 de noviembre de 1959 de la Asamblea Departamental del Magdalena, “por la cual se crean colegios de segunda enseñanza y comercio para varones y señoritas en varios municipios del departamento”. Su literal B dispuso la creación de un colegio de segunda enseñanza en la cabecera municipal de Valledupar.

En 2003 se modificó la razón social de la institución con la apertura educativa al sexo masculino, conservando su misión, visión y filosofía.

Reconocimiento oficial de estudios

[Resolución No. 000929 del 22 de noviembre de 2021 — verificar vigencia], que otorga reconocimiento de estudios para los grados de preescolar a undécimo.

Identificación

NIT 892300284-9 · Código DANE 120001000921 · Carácter oficial · Calendario A · Modalidad académica

Norma de creación

Ordenanza N.º 63 de 1959

Por la cual se crean Colegios de Segunda Enseñanza y Comercio para varones y Señoritas en varios Municipios del Departamento.

Expedida por
Asamblea Departamental del Magdalena
Fecha
26 de noviembre de 1959
Estado
Vigente

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Transcripción del documento original. Se conserva la redacción y ortografía de la época.

LA ASAMBLEA DEPARTAMENTAL DEL MAGDALENA, en uso de sus facultades legales,

ORDENA:

Artículo Primero

A partir de la presente Ordenanza, el Gobierno Departamental procederá a instalar los siguientes Colegios en la forma que a continuación se determina:

  1. Un Colegio de Segunda Enseñanza para varones en la cabecera municipal de Aracataca;
  2. Un Colegio de Segunda Enseñanza para Señoritas en la cabecera municipal de Valledupar; y
  3. Sendos Colegios de Comercio para Señoritas en las cabeceras de los municipios de Plato y El Banco.

Artículo Segundo

El personal y dotación para los colegios que se crean por medio de la presente Ordenanza, serán los mismos que correspondan a su categoría secundaria y comercial.

Artículo Tercero

Los Municipios favorecidos con los Colegios creados por la presente Ordenanza, quedarán obligados a proporcionar los locales adecuados para el buen funcionamiento de los establecimientos de enseñanza que se les van a instalar.

Artículo Cuarto

Caso, que en el Presupuesto de la próxima vigencia, no se incluya la partida suficiente para dar cumplimiento a la presente Ordenanza, queda facultado el Gobierno Departamental para decretar traslados y los contra-créditos necesarios en cualquier tiempo, y además, podrá tomar la partida, preferencialmente de cualquier superávit presupuestal que no liquide en la presente o en la próxima vigencia fiscal.

Artículo Quinto

Esta Ordenanza regirá desde su promulgación.

Dada en Santa Marta a los 26 días del mes de Noviembre de mil novecientos cincuenta y nueve (1959).

El Presidente de la Asamblea Reinaldo López Cotes
El Secretario Carlos Julio Bornacelli

Gobernación del Departamento del Magdalena

Santa Marta, noviembre 26 de 1959. Publíquese y ejecútese.

Gobernador Carlos Bermúdez Cañizares
Secretario de Educación Pública Carlos Escobar Sierra

Publicado el 12-Agosto-2026

Licencia de funcionamiento

Resolución N.º 000953 de 2025

Por la cual se concede licencia de funcionamiento a término indefinido a la Institución Educativa Prudencia Daza y se autoriza para expedir certificados, títulos y demás documentos.

Expedida por
Secretaría de Educación de Valledupar
Fecha
23 de julio de 2025
Estado
Vigente

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Fundamentos y considerandos

El Secretario de Educación, en ejercicio de sus facultades y en especial de las conferidas por la Constitución Política Colombiana, la Ley 115 de 1994, la Ley 715 de 2001, la Resolución Nacional N.º 2826 de diciembre 9 de 2002, el Decreto Municipal 918 del 29 de junio de 2012 y el Decreto Nacional 1075 de mayo de 2015.

Considerando que la Constitución Política establece que la educación es un derecho de la persona y un servicio público con función social; que el artículo 138 de la Ley 115 de 1994 exige licencia de funcionamiento o reconocimiento de carácter oficial a los establecimientos educativos estatales; que los artículos 10 y 34 de la misma ley disponen que la educación formal debe estar aprobada para su validez; que la Ley 715 de 2001 asigna a los municipios certificados la competencia de dirigir, planificar y prestar el servicio educativo; que el artículo 171 de la Ley 115 de 1994 faculta a los Alcaldes para ejercer inspección y vigilancia a través de las Secretarías de Educación; y que el artículo 2.6.6.6 del Decreto 1075 de 2015 extiende a los municipios certificados las funciones de inspección y vigilancia otorgadas a los Distritos.

Que el rector de la institución solicitó formalizar la licencia de funcionamiento a término indefinido, y que la comisión de la Secretaría de Educación Municipal verificó el cumplimiento de los requisitos de legalización.

RESUELVE:

Artículo Primero

Expedir licencia de funcionamiento a término indefinido y autorizar la expedición de certificados, títulos y demás documentos a la Institución Educativa Prudencia Daza, con las siguientes características:

Dirección
Calle 19B N.º 12-80, Valledupar, Cesar
Niveles
Preescolar, básica y media
Grados
Jardín hasta once
Naturaleza
Oficial, carácter mixto
Jornadas
Mañana y tarde
Calendario
A
Rector
Esp. Heber Bacilio Ruiz Caamaño

Artículo Segundo

La presente Resolución deberá ser fijada en lugar visible de la institución.

Artículo Tercero

La presente Resolución se notificará a través de la Coordinación de Inspección y Vigilancia al representante legal, rector de la institución o a su apoderado, y contra ella proceden los recursos de Ley.

Secretaria de Educación Municipal Karol Julieth Lobo Cardona

Publicado el 12-Agosto-2026

Última actualización: [12-Agosto-2026]